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Calculadora de Liquidación y finiquito en República Dominicana

Desahucio patronal indefinido: base ordinaria promedio del último año/23,83. Preaviso 7/14/28 días; cesantía 6/13 días iniciales y 21/23 por año según tramos, con reglas propias para fracciones. Requiere días verificados con Ministerio para evitar límites ambiguos (6 meses/5 años) y no mezcla desahucio con despido litigioso. Excluye ingreso previo al 29/05/1992, sanción por mora, protección especial y litigio. Devengados van aparte.

Moneda local
Motivo de salida
Promedio mensual ordinario de último año o período menor
Antigüedad en años
Días de cesantía verificados con cálculo oficial
Días de preaviso omitido que corresponde pagar
Verificación de cesantía y preaviso
Salarios pendientes
Vacaciones y complementos pendientes
Aguinaldo y otros devengados pendientes
Anticipos y pagos ya recibidos

Cómo funciona

  • 1Separa pagos directos, prestaciones y fondos; verifica motivo y días legales antes de sumar.
  • 2Introduce únicamente bases computables y el período que corresponde.
  • 3Revisa el desglose, las exclusiones y las fuentes oficiales antes de compartir.

Resultados orientativos. No constituyen asesoría fiscal ni financiera.

Saldo bruto estimado pendiente

0,00 DOP

Desglose

Indemnización por salida
0,00 DOP
Preaviso
0,00 DOP
Prestaciones / fondo separado
0,00 DOP
Devengados pendientes introducidos
0,00 DOP
Total bruto
0,00 DOP
Pagos recibidos
0,00 DOP
Pagos por encima del devengado
0,00 DOP

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Guía completa: Liquidación y finiquito · República Dominicana

Actualizado:

Desahucio patronal indefinido: base ordinaria promedio del último año/23,83. Preaviso 7/14/28 días; cesantía 6/13 días iniciales y 21/23 por año según tramos, con reglas propias para fracciones. Requiere días verificados con Ministerio para evitar límites ambiguos (6 meses/5 años) y no mezcla desahucio con despido litigioso. Excluye ingreso previo al 29/05/1992, sanción por mora, protección especial y litigio. Devengados van aparte.

Empleado privado ordinario bajo Ley 16-92 y régimen contributivo. No aplica a contratos especiales, maternidad ni fuero sindical. Desahucio, despido y dimisión son motivos legales distintos.

Revisión documental: 24/10/2026. Los salarios iniciales son ejemplos, no mínimos legales. Importes orientativos en moneda local, sin conversión; no se actualizan automáticamente las leyes. Contrasta bases, período y pagos previos con tu nómina y contrato.

Cómo funciona

  1. 1Separa pagos directos, prestaciones y fondos; verifica motivo y días legales antes de sumar.
  2. 2Introduce únicamente bases computables y el período que corresponde.
  3. 3Revisa el desglose, las exclusiones y las fuentes oficiales antes de compartir.

Preguntas frecuentes

¿Qué reglas aplica en República Dominicana?

Desahucio patronal indefinido: base ordinaria promedio del último año/23,83. Preaviso 7/14/28 días; cesantía 6/13 días iniciales y 21/23 por año según tramos, con reglas propias para fracciones. Requiere días verificados con Ministerio para evitar límites ambiguos (6 meses/5 años) y no mezcla desahucio con despido litigioso. Excluye ingreso previo al 29/05/1992, sanción por mora, protección especial y litigio. Devengados van aparte.

¿Qué trabajadores y supuestos cubre?

Empleado privado ordinario bajo Ley 16-92 y régimen contributivo. No aplica a contratos especiales, maternidad ni fuero sindical. Desahucio, despido y dimisión son motivos legales distintos.

¿Se conservan los valores al compartir?

Sí, el enlace conserva importes y opciones. La estimación no reemplaza una declaración fiscal ni una revisión legal del contrato.

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