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Calculadora de Liquidación y finiquito en Chile

Art.161: desde un año de servicio, un mes por año/fracción mayor de 6 meses, máximo 11 meses, base limitada a 90 UF. Preaviso omitido: un mes. Usa base art.172 y UF del mes previo al pago. No aplica a ingreso anterior a 14/08/1981, protección especial ni recargos judiciales por despido injustificado.

Moneda local
Motivo de salida
Base mensual indemnizatoria aplicable
Antigüedad en años (admite fracción)
UF del cierre del mes anterior al pago
Preaviso omitido que corresponde pagar
Salarios pendientes
Vacaciones y prima / plus pendientes
Aguinaldo y otras prestaciones pendientes
Depósitos, anticipos y pagos ya recibidos

Cómo funciona

  • 1Liquidación = indemnización aplicable + preaviso + prestaciones + devengados − pagos recibidos.
  • 2Separa bases salariales, conceptos devengados y pagos ya recibidos.
  • 3Contrasta el resultado con las fuentes y el supuesto laboral indicado.

Resultados orientativos. No constituyen asesoría fiscal ni financiera.

Saldo bruto estimado pendiente

0 CLP

Desglose

Indemnización por motivo de salida
0 CLP
Prestaciones / prima de antigüedad
0 CLP
Preaviso
0 CLP
Devengados pendientes introducidos
0 CLP
Total bruto antes de pagos
0 CLP
Pagos y anticipos
0 CLP
Pagos por encima del total
0 CLP

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Guía completa: Liquidación y finiquito · Chile

Actualizado:

Art.161: desde un año de servicio, un mes por año/fracción mayor de 6 meses, máximo 11 meses, base limitada a 90 UF. Preaviso omitido: un mes. Usa base art.172 y UF del mes previo al pago. No aplica a ingreso anterior a 14/08/1981, protección especial ni recargos judiciales por despido injustificado.

Contrato privado bajo el Código del Trabajo. Topes previsionales se expresan en UF; impuesto mensual en UTM. No hay aguinaldo general obligatorio privado.

Importes orientativos en moneda local, sin conversión. Revisión documental: 23/10/2026; no sincroniza automáticamente leyes, tablas o unidades monetarias. Los valores iniciales de salario son ejemplos, no mínimos legales. Comprueba tu contrato, convenio y recibo de nómina antes de tomar decisiones.

Cómo funciona

  1. 1Liquidación = indemnización aplicable + preaviso + prestaciones + devengados − pagos recibidos.
  2. 2Separa bases salariales, conceptos devengados y pagos ya recibidos.
  3. 3Contrasta el resultado con las fuentes y el supuesto laboral indicado.

Preguntas frecuentes

¿Qué reglas aplica a Chile?

Art.161: desde un año de servicio, un mes por año/fracción mayor de 6 meses, máximo 11 meses, base limitada a 90 UF. Preaviso omitido: un mes. Usa base art.172 y UF del mes previo al pago. No aplica a ingreso anterior a 14/08/1981, protección especial ni recargos judiciales por despido injustificado.

¿Es un cálculo definitivo para presentar una declaración o reclamar un pago?

Contrato privado bajo el Código del Trabajo. Topes previsionales se expresan en UF; impuesto mensual en UTM. No hay aguinaldo general obligatorio privado.

¿Se mantienen los datos al compartir?

Sí. El enlace conserva los importes y opciones introducidos. Las leyes pueden cambiar; verifica la fecha y las fuentes.

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