Guía completa: Liquidación y finiquito · Ecuador
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Despido intempestivo art.188: hasta 3 años, 3 remuneraciones; más de 3, una por año con fracción redondeada arriba, máximo 25. Bonificación desahucio art.185 (25% del último sueldo por año elegible) se introduce verificada: no reutiliza ese redondeo. Décimos, vacaciones y fondo de reserva pendientes se añaden aparte. Excluye jubilación patronal, casos protegidos y recargos especiales.
Trabajador privado ordinario bajo el Código del Trabajo, no LOSEP. Décimos, fondos de reserva y beneficios exentos no se confunden con salario cotizable. Excluye jubilación patronal y protección especial.
Revisión documental: 24/10/2026. Los salarios iniciales son ejemplos, no mínimos legales. Importes orientativos en moneda local, sin conversión; no se actualizan automáticamente las leyes. Contrasta bases, período y pagos previos con tu nómina y contrato.
Fuentes y alcance legal
Revisión documental: 2026-10-24
Cómo funciona
- 1Suma indemnización del supuesto y devengados verificados; resta pagos sin duplicarlos.
- 2Introduce únicamente bases computables y el período que corresponde.
- 3Revisa el desglose, las exclusiones y las fuentes oficiales antes de compartir.
Preguntas frecuentes
¿Qué reglas aplica en Ecuador?
Despido intempestivo art.188: hasta 3 años, 3 remuneraciones; más de 3, una por año con fracción redondeada arriba, máximo 25. Bonificación desahucio art.185 (25% del último sueldo por año elegible) se introduce verificada: no reutiliza ese redondeo. Décimos, vacaciones y fondo de reserva pendientes se añaden aparte. Excluye jubilación patronal, casos protegidos y recargos especiales.
¿Qué trabajadores y supuestos cubre?
Trabajador privado ordinario bajo el Código del Trabajo, no LOSEP. Décimos, fondos de reserva y beneficios exentos no se confunden con salario cotizable. Excluye jubilación patronal y protección especial.
¿Se conservan los valores al compartir?
Sí, el enlace conserva importes y opciones. La estimación no reemplaza una declaración fiscal ni una revisión legal del contrato.