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Calculadora de Horas extras en Costa Rica

Horas extraordinarias pagables: recargo 50%. Hora ordinaria debe verificarse según jornada diurna, mixta o nocturna; no usa divisor mensual universal. Total ordinario y extra generalmente no puede superar 12 horas diarias. No valida exclusiones ni jornada ampliada ni recargos de descanso/festivo.

Moneda local
Valor de hora ordinaria aplicable
Horas extraordinarias de la semana

Cómo funciona

  • 1Hora ordinaria × horas × factor; Dominicana separa el umbral de 68 horas totales.
  • 2Introduce únicamente bases computables y el período que corresponde.
  • 3Revisa el desglose, las exclusiones y las fuentes oficiales antes de compartir.

Resultados orientativos. No constituyen asesoría fiscal ni financiera.

Pago bruto de horas extra

60.000,00 CRC

Desglose

Valor ordinario
40.000,00 CRC
Recargo adicional
20.000,00 CRC

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Guía completa: Horas extras · Costa Rica

Actualizado:

Horas extraordinarias pagables: recargo 50%. Hora ordinaria debe verificarse según jornada diurna, mixta o nocturna; no usa divisor mensual universal. Total ordinario y extra generalmente no puede superar 12 horas diarias. No valida exclusiones ni jornada ampliada ni recargos de descanso/festivo.

Empleado privado ordinario bajo Código de Trabajo y CCSS IVM/SEM. Excluye pensiones especiales, empleo público y protección reforzada. Bases mínimas, meses parciales y múltiples empleos requieren revisión propia.

Revisión documental: 24/10/2026. Los salarios iniciales son ejemplos, no mínimos legales. Importes orientativos en moneda local, sin conversión; no se actualizan automáticamente las leyes. Contrasta bases, período y pagos previos con tu nómina y contrato.

Cómo funciona

  1. 1Hora ordinaria × horas × factor; Dominicana separa el umbral de 68 horas totales.
  2. 2Introduce únicamente bases computables y el período que corresponde.
  3. 3Revisa el desglose, las exclusiones y las fuentes oficiales antes de compartir.

Preguntas frecuentes

¿Qué reglas aplica en Costa Rica?

Horas extraordinarias pagables: recargo 50%. Hora ordinaria debe verificarse según jornada diurna, mixta o nocturna; no usa divisor mensual universal. Total ordinario y extra generalmente no puede superar 12 horas diarias. No valida exclusiones ni jornada ampliada ni recargos de descanso/festivo.

¿Qué trabajadores y supuestos cubre?

Empleado privado ordinario bajo Código de Trabajo y CCSS IVM/SEM. Excluye pensiones especiales, empleo público y protección reforzada. Bases mínimas, meses parciales y múltiples empleos requieren revisión propia.

¿Se conservan los valores al compartir?

Sí, el enlace conserva importes y opciones. La estimación no reemplaza una declaración fiscal ni una revisión legal del contrato.

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